Procedimiento de Evaluación de la conformidad para la Certificación de: "Tequila"
La evaluación de la conformidad a solicitud de parte de cualquiera de estas normas, se llevará a cabo por las Dependencias competentes o por las personas acreditadas y, en su caso, aprobadas por la SE: (Organismos de Certificación (OC), Unidades de Inspección (UI) y Laboratorios de Prueba o de Calibración), en términos de la LIC y su Reglamento.
Se requiere el Dictamen técnico de cumplimiento y para obtenerlo, el usuario lo solicita a traves del OC a la UI acreditada y aprobada, esta deberá llevar a cabo la constatación ocular y comprobación para evaluar la conformidad correspondiente en las instalaciones del productor, esta verificación comprende desde la elaboración del lote, que consta desde la entrada de la materia prima, hasta el producto terminado.
Una vez que cuente el productor con este Dictamen técnico inicial, deberá solicitar autorización a la DGN para producir el destilado con D.O. que sea de su interés, contar con el número de Registro del Productor que acompañara la Contraseña Oficial NOM emitido por el Organismo de Certificación y contar con la autorización para el uso de la Denominación de Origen emitido por IMPI.